Convocatoria de cursos preparatorios y pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma

Nombre del trámite

Convocatoria de cursos preparatorios y pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano.

 

Objeto del trámite

 

- Se convocan cursos preparatorios y pruebas de acceso libre para la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certiticado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano.

- Se establece un número máximo de 7.000 plazas para el conjunto de las titulaciones administrativas para la realización de las pruebas finales, de las cuales un máximo de 3.000 corresponderán a cursos preparatorios.

- Las pruebas finales se realizarán en las ciudades de Alicante, Castellón de la Plana y Valencia, con la excepción de la prueba para la obtención del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: Francés, que se realizará con carácter general, únicamente en la ciudad de Valencia o se establecerá la sede en función de la demanda.

No obstante, se podrán realizar también en Alicante y/o Castellón de la Plana si el número de inscripciones en cada provincia es igual o superior a 15.

 

¿Quién puede iniciarlo?

Interesados / Solicitantes

Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos que se establecen en esta convocatoria. Para valorar estas solicitudes se establecen dos grupos:

 

1. Grupo 1:

- Ser personal docente en activo de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios mencionados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.

- Estar incluido en una bolsa de trabajo docente de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana.

 

2. Grupo 2:

- Aquellas personas que no reúnen los requisitos del Grupo 1 pero que cumplen los requisitos académicos para poder participar en los procedimientos selectivos de ingreso en los diversos cuerpos docentes.

* Los requisitos se tienen que cumplir antes de la finalización del plazo de inscripción.

* A todas las solicitudes, tanto del Grupo 1 como del Grupo 2 se les asignará un número en el momento de realizar la solicitud.

* Serán admitidas todas aquellas solicitudes del Grupo 1 que reúnan los requisitos establecidos.

 

Requisitos

1. Criterios de admisión.

Se debe cumplir, de manera simultánea, tanto el requisito laboral como el requisito lingüístico.

En cuanto a las pruebas para la obtención del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera, no estar en posesión de los requisitos para impartir enseñanza en dicha lengua extranjera en los niveles educativos no universitarios en la Comunidad Valenciana, bien por la adquisición de la especialidad correspondiente en el cuerpo de maestros, de profesores o catedráticos de Enseñanza Secundaria, o bien por disponer de la titulación y calificación específica para impartir docencia de la lengua extranjera correspondiente en centros privados, ya que, en este caso, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, de valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana, se considerará, a todos los efectos, que el profesorado está capacitado para la enseñanza en esta lengua extranjera en áreas o materias no lingüísticas, siempre que esté en posesión de las otras titulaciones o condiciones académicas y administrativas requeridas para impartir la docencia en dichas áreas o materias. Por tanto, a este profesorado no se le requerirá ni se le expedirá el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en la Lengua Extranjera correspondiente.

 

2. Requisitos laborales:

2.1. Para el Grupo 1:

- Ser docente en activo de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios contenidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, o estar incluido en una bolsa de trabajo docente de la Consellería

de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

- Solo el personal que preste servicios en centros públicos que no sean de titularidad de la Generalitat, en centros privados no sostenidos con fondos públicos u otras administraciones deberá acreditar esta circunstancia por medio de la aportación de una nómina correspondiente a los meses de julio, agosto o septiembre de 2018. Se entenderá por nómina válida aquella que contenga la identificación del centro y de la persona interesada, el periodo afectado, ajustado a los plazos especificados más arriba, el puesto de trabajo y el sello del centro. En el caso que no se disponga de nómina por haberse incorporado recientemente al centro educativo se puede aportar copia del contrato laboral, donde deberá constar la fecha de firma igual o posterior a la 1 de septiembre de 2018.

2.2. Para el Grupo 2:

- Se debe aportar copia compulsada de la titulación que da derecho al acceso a procedimientos selectivos a los varioscuerpos docentes (título de Magisterio o equivalente para el cuerpo de maestros o título del Máster de Secundaria o equivaliendo para los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas y profesores técnicos de Formación Profesional).

- En el caso de estar inscrito en una bolsa de trabajo docente de una administración diferente de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte de la Generalitat se puede justificar este extremo por medio de un certificado emitido por la administración correspondiente.

 

3. Requisitos lingüísticos previos:

Se deberán adjuntar a la solicitud telemática en el enlace siguiente:

http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm, excepto en los casos indicados expresamente en los párrafos mencionados posteriormente.

No tienen que presentar documentación acreditativa de la competencia lingüística aquellas personas que la hayan obtenido a través de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià y aquellas personas que hayan sido admitidas en anteriores convocatorias siempre que participen en una prueba para obtener la misma titulación administrativa a la que optaron y hubieran aportado esta documentación por registro de entrada. Sin embargo, no se podrá aplicar esta exención a las personas participantes en los cursos preparatorios de anteriores convocatorias.

3.1. Pruebas para obtener el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano:

Certificado de nivel C1 de Valenciano: Grado Medio de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o equivalente (Escuela Oficial de Idiomas y Universidades).

Los certificados que sean equivalentes, que figuran en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo de 2017, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros títulos y certificados, deberán estar registrados en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.2. Pruebas para obtener el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: Nivel B2, o superior, del Marco Común Europeo de Referencia en la lengua extranjera correspondiente según lo que se regula en el Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consejo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras (DOCV 7.027, de 20 de mayo de 2012) o en la normativa que la desarrolla.

*No deben presentar ninguna documentación acreditativa de la competencia lingüística en lengua extranjera:

- Los participantes que hayan sido acreditados por resolución definitiva de las direcciones territoriales de Educación,Cultura y Deporte, de acuerdo con aquello previsto por la Resolución de 19 de junio de 2012, de la Subdirección General de Personal Docente de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, por la que se convoca al profesorado

de los niveles de enseñanza no universitaria para la acreditación en lenguas extranjeras para impartir áreas, ámbitos, materias o módulos no lingüísticos.

3.3. Pruebas para obtener el Diploma de Maestro de Valenciano:

Certificado de nivel C2 de valenciano: Grado Superior de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià o equivalente (Escuelas Oficiales de Idiomas y Universidades).

Los certificados que sean equivalentes, que figuran en el anexo II de la Orden 7/2017, de 2 de marzo de 2017, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros títulos y certificados, deberán estar registrados en la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Adicionalmente se establece un requisito de competencia profesional: estar en posesión del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano. Solo tienen que acreditar la capacitación en valenciano aquellas personas que no la hayan registrado en la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

 

¿Cuándo solicitarlo?

Plazos de presentación

El plazo telemático de presentación de solicitudes será del 19 de octubre al 2 de noviembre de 2018, ambos incluidos.

¿Dónde dirigirse?

Por internet

http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm

¿Qué documentación se debe presentar?

- Inscripción telemática. La solicitud estará disponible en la página web de Formación del Profesorado

http://www.ceice.gva.es/va/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm

- Solo se tomará en consideración aquella documentación justificativa que sea alegada durante el plazo telemático de presentación de solicitudes.

- Cualquier información omitida por la persona interesada no podrá ser enmendada ni invocada por esta a efectos de futuras reclamaciones, ni considerar por este motivo lesionados sus intereses y derechos.

 

¿Cómo se tramita?

Pasos

INSCRIPCIÓN:

1.  Todas las personas interesadas en participar deben cumplimentar telemáticamente la solicitud. Esta estará disponible en la página web de Formación del Profesorado

http://www.ceice.gva.es/va/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm

2. A la hora de cumplimentar telemáticamente esta solicitud los integrantes del Grupo 1 deberán elegir entre el acceso al curso preparatorio o el acceso directo a la prueba. La selección del curso preparatorio implica el posterior acceso a la prueba aunque deberán confirmar la participación (punto 6).

Las personas participantes que elijan hacer el curso preparatorio a la prueba podrán elegir entre dos opciones. En caso de no hacerse el curso en la primera opción elegida el personal participante quedará admitido en la segunda opción. Si el personal aspirante no es seleccionado en ninguna de las dos opciones, el Servicio de Planificación y Gestión de la

Formación Permanente del Profesorado se pondrá en contacto con él para intentar recolocarlo en alguna de las otras sedes que se ofrezcan.

El personal integrante del Grupo 2 participará, obligatoriamente, en las pruebas de acceso libre.

3. Las personas solicitantes podrán presentar tantas solicitudes como titulaciones administrativas diferentes quieran obtener según esta convocatoria, pero en ningún caso podrán presentar más de una solicitud por una misma titulación administrativa.

4. La presentación de más de una solicitud por una misma titulación administrativa, comportará la exclusión del aspirante del procedimiento.

 

LISTA PROVISIONAL Y DEFINITIVA:

La lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas se hará pública en la página web de Formación del Profesorado a partir del día 16 de noviembre de 2018. Las personas excluidas podrán presentar alegaciones por correo electrónico hasta el 26 de noviembre de 2018.

La lista provisional del Grupo 1 contendrá las solicitudes admitidas y las no admitidas, a efectos de posibles enmiendas.

La lista provisional del Grupo 2 contendrá las solicitudes indicando el número asignado a cada una, tan solo a efectos que se pueda comprobar si han cumplido o no con el procedimiento establecido.

Esta lista estará condicionada a la comprobación del cumplimiento de los requisitos para las personas que tengan que aportar documentación. En el caso que no se aporte o que se aporte incorrectamente se procederá a excluir la solicitud de participación en las pruebas.

La lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas con el lugar de realización de las pruebas y la elección de participar en el curso preparatorio o en la prueba libre se publicará a partir del 11 de diciembre de 2018 en la página web de Formación del Profesorado. Esta lista contendrá todas las personas del Grupo 1 que cumplan los requisitos y el número de personas del Grupo 2 necesario para completar el número total de plazas convocadas.

CONFIRMACIÓN DE LA ASISTENCIA AL CURSO Y LAS PRUEBAS:

1. Todas las personas participantes que resulten admitidas en el proceso de inscripción deberán confirmar la asistencia mediante el enlace que se habilitará para tal efecto en la página web de Formación del Profesorado de acuerdo con el siguiente calendario:

- Las personas admitidas en el curso preparatorio deberán confirmar su asistencia al curso y a la prueba del 12 al 20 de diciembre de 2018, ambos incluidos.

- Las personas admitidas a las pruebas libres, deberán confirmar su asistencia a la prueba del 12 al 20 de diciembre de 2018, ambos incluidos.

A partir del día 8 de enero se publicarán los listados de las personas participantes que han confirmado la asistencia a los cursos y a las pruebas en la página web de Formación del Profesorado de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

La no confirmación de la asistencia se entenderá como renuncia a la realización del curso preparatorio y a la prueba, y en consecuencia, la persona quedará excluida.

2. Las pruebas se realizarán los días siguientes:

- Para las personas admitidas del Grupo 1 que elijan la opción de curso preparatorio, las pruebas se realizarán el día 2 de marzo de 2019 para las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas

Extranjeras y el día 9 de marzo de 2019 para las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la

Enseñanza en Valenciano y Diploma de Maestro. Las pruebas de ambos días empezarán a las 9:30 horas.

- Para las personas admitidas del Grupo 1 que elijan el acceso directo a la prueba y los admitidos del Grupo 2, las pruebas se realizarán el día 26 de enero de 2019 para las titulaciones administrativas del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano y Diploma de Maestro de Valenciano y el día 2 de febrero para las titulaciones administrativas del Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera. La pruebas de ambos días empezarán a las 9:30 horas.

ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

Se adoptarán las medidas necesarias para que las personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas oportunidades para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

Las personas aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud telemática de participación a las pruebas, a la que deberán adjuntar, con la documentación requerida en el anexo I, el certificado que acredite esta circunstancia. Esta documentación es necesaria para que se puedan realizar las adaptaciones de tiempo y medios para

llevar a cabo la prueba en las condiciones más favorables, sin que puedan ser eximidos de la realización de ninguna de las áreas de la prueba. En todo caso, los criterios de evaluación serán los mismos que se aplicarán al resto de personas aspirantes.

IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS ASPIRANTES:

Las personas aspirantes deben llevar a la prueba un documento oficial de identidad, pasaporte o permiso de conducción que permita la identificación unívoca.

Las personas responsables de la organización de la prueba podrán requerir, en cualquier momento, la identificación del personal aspirante, que deberá acreditar su personalidad mediante la exhibición del documento oficial de identidad, pasaporte o permiso de conducción, sin que sean válidas las copias de estos documentos.

PUBLICACIÓN DE RESULTADOS:

1. Una vez realizadas las pruebas, se hará pública la lista provisional del personal aspirante con la calificación de apto o de no apto en la página web de Formación del Profesorado.

2. Se podrán interponer alegaciones, por registro de entrada, en el plazo de 10 días naturales a contar desde el día de la publicación de la lista provisional.

3. Las alegaciones serán resueltas en el plazo de dos meses desde la finalización del periodo de presentación, transcurrido el cual se considerarán desestimadas las no resueltas y se considerarán definitivos los resultados no enmendados.

COMISIÓN TÉCNICA DE REVISIÓN:

1. Se constituirá una comisión técnica de revisión de pruebas integrada por la persona titular del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado, dos personas técnicas del Servicio de Planificación y Gestión

de la Formación Permanente del Profesorado y dos personas funcionarias designadas por la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, una de las cuales actuará como secretario/a .No podrán formar parte de esta comisión las personas evaluadoras de la parte oral o las personas correctoras de la parte escrita responsables de la calificación

contra la que se recurre.

2. La comisión procederá, si hace falta, a una segunda corrección, para la que podrá contar con asesoramiento externo.

3. La comisión emitirá un informe, con propuesta de resolución, sobre la modificación o la confirmación de la calificación contra la que se recurre. Este informe se enviará por correo electrónico a la persona que presenta la correspondiente alegación.

4. El presidente de la Comisión de Evaluación podrá, en todo momento, rectificar de oficio los errores materiales o aritméticos detectados que se deduzcan de los expedientes. La Comisión Técnica de Revisión propondrá al presidente de la Comisión de Evaluación su rectificación de oficio de modificar las actas y los registros informáticos correspondientes

a los errores detectados.

 

EXPEDICIÓN DE LAS TITULACIONES ADMINISTRATIVAS

Una vez publicadas las listas definitivas de personas aptas, se emitirán de oficio las titulaciones administrativas correspondientes a las pruebas superadas a las que hace referencia esta convocatoria.

 

¿Cómo se tramita telemáticamente?

http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm

Información complementaria

 

ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PRUEBAS:

Teléfono de Información 012

1. Las pruebas serán únicas para cada titulación administrativa y deberán realizarse en la lengua objeto de la certificación, teniendo en cuenta los objetivos y contenidos establecidos en la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana.

2. La Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte pondrá a disposición de las personas aspirantes, materiales para la preparación de las pruebas reguladas por esta convocatoria en el enlace:

http://cefire.edu.gva.es/course/index.php?categoryid=504

3. Todas las pruebas se realizarán según el horario y el calendario que figura en el punto sexto de esta convocatoria, en las sedes que se indicarán unos días antes de la realización de las pruebas en la página web de Formación del Profesorado.

4. Para obtener la calificación de apto, las personas participantes deberán superar tanto la parte oral como la parte escrita de las pruebas, ambas de manera independiente.

5. Cuando el personal responsable de la organización de las pruebas observe un acto o conducta indebida, tomará las medidas oportunas que garanticen la correcta realización de las pruebas y lo hará constar en una diligencia acreditativa del incidente.

6. El uso por parte de los aspirantes de medios ilícitos en el transcurso de la prueba o la suplantación de personalidad serán sancionados con la calificación de no apto, sin perjuicio de la exigencia de la responsabilidad que corresponda.

DESCRIPCIÓN DE LA PRUEBA:

1. Duración de la prueba:

- El personal aspirante contará con 2 horas y 30 minutos para realizar la prueba.

- Las pruebas se realizarán el 26 de enero y 2 de febrero (pruebas libres) y 2 de marzo y 9 de marzo (pruebas posteriores a los cursos, según establece el punto sexto de la convocatoria).

Después del periodo de confirmación de asistencia a las pruebas y antes de la realización de estas se publicará en la página web de Formación del Profesorado un listado donde constará la titulación administrativa de la que se examina el personal admitido que ha confirmado su asistencia, y el lugar de realización de las prueba.

2. Partes de la prueba:

2.1. Parte escrita:

- Elaboración de un texto con un mínimo de 250 a escoger entre dos temas propuestos.

- Cuestionario de 10 ítems de cuádruple opción de respuesta y 10 ítems de verdadero o falso.

2.2. Parte oral:

- Elección, por parte de la persona aspirante, de uno de los dos temas propuestos para exponerlo en voz alta ante el personal examinador. En este apartado la persona podrá elaborar un guión para estructurar su discurso.

- La parte oral no será grabada.

- La intervención oral de la persona aspirante tiene que tener una duración de 4/5 minutos.

3. Superación de la prueba:

- Se debe superar la parte escrita y la parte oral de forma independiente.

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

La Comisión de Evaluación establece los requisitos de superación de las pruebas, la puntuación mínima para aprobar, así como los criterios y baremos de la parte oral, y los criterios para la corrección y valoración de la parte escrita. Estos criterios (anexo III de esta convocatoria), son necesarios para conseguir la uniformidad y garantizar la igualdad de las personas aspirantes.

 

ANEXO III

Criterios de evaluación de la prueba:

1. Criterios de evaluación de la parte escrita:

1.1. Texto de 250 palabras:

- El texto tiene una valoración máxima de 80 puntos.

-- Adecuación: 20 puntos

-- Coherencia: 20 puntos

-- Cohesión: 20 puntos

-- Contenido: 20 puntos

- En todas las pruebas de Certificado de Capacitación y de Diploma de Maestro de Valenciano se descontará 1 punto por cada error gramatical u ortográfico cometido.

- Los textos que no llegan a la extensión mínima requerida (250 palabras) tendrán una puntuación global de 0 puntos.

- Se entiende por palabra cada unidad lingüística que se separa del resto mediante un espacio en blanco en la escritura.

1.2. Cuestionario de 20 ítems:

- Cada respuesta acertada valdrá 1 punto

- Cada respuesta errónea descontará:

-- Ítems de verdadero o falso: 0,5 puntos

-- Ítems de cuádruple opción de respuesta: 0,25 puntos

- Cada respuesta en blanco valdrá 0 puntos

1.3. Valoración global de la prueba escrita:

- APTO, entre 60 y 100 puntos

- NO APTO, entre 0 y 59 puntos

2. Criterios de evaluación de la parte oral:

2.1. La intervención oral tiene una valoración máxima de 30 puntos:

- Pronunciación: 3 puntos

- Léxico: 3 puntos

- Morfosintaxis: 3 puntos

- Cohesión y coherencia textual: 3 puntos

- Adecuación: 3 puntos

- Contenido: 15 puntos

2.2. Valoración global de la prueba oral:

- APTO, entre 18 y 30 puntos

- NO APTO, entre 0 y 17 puntos

 

CUSTODIA Y DESTRUCCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN:

Los protocolos escritos y las anotaciones del área de expresión oral deberán conservarse, por lo menos, hasta cuatro meses después de la realización de la prueba. En los supuestos de revisión, los exámenes y las anotaciones se conservarán hasta que haya transcurrido el plazo fijado en la resolución o se resuelva el procedimiento contencioso-administrativo.

 

TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN:

Los datos personales que contiene el formulario podrán ser incluidos en un fichero para el tratamiento por la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, y se podrá dirigir a cualquier órgano suyo para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según dispone la ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal (BOE n.º 298, de 14 de diciembre de 1999).

*** INSTRUCCIONES SOBRE LOS CURSOS PREPARATORIOS:

Instrucciones por las que se establece la estructura de los cursos preparatorios convocados por la Convocatoria de 18 de octubre de 2018, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convocan cursos preparatorios y pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera y del Diploma de Maestro de Valenciano.

1. Personas admitidas

El procedimiento para la presentación de solicitudes y los criterios de admisión están regulados por la Convocatoria de 18 de octubre de 2018, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convocan cursos

preparatorios y pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera y del Diploma de Maestro de Valenciano.

La lista provisional de solicitudes admitidas y no admitidas se hará pública en la página web del Servicio de Formación del Profesorado a partir del día 16 de noviembre de 2018. Las personas excluidas podrán presentar alegaciones hasta el día 26 de noviembre en el correo electrónico ayudasformacion@gva.es

La lista definitiva de solicitudes admitidas y no admitidas con la indicación de participar en el curso preparatorio o en la prueba libre se publicará a partir del día 11 de diciembre de 2018.

2. Asignación de centros

Los grupos semipresenciales serán reagrupados y resituados en función de la demanda, de la disponibilidad de aulas en los centros educativos y del número de personas participantes. Consiguientemente, la asignación de centro será provisional hasta la aparición de la lista definitiva de personas participantes admitidas. Para organizar un grupo, el número mínimo de personas participantes será de 25 y el máximo de 30, excepto en aquellos casos en que solo haya un grupo en la localidad; en este caso el mínimo será de 15 alumnos.

3. Confirmación de la asistencia a los cursos

Todas las personas participantes que resulten admitidas en el proceso de inscripción deberán confirmar la asistencia mediante el enlace que se habilitará en la página web del Servicio de Formación del Profesorado de acuerdo con el siguiente calendario:

- Los admitidos en el curso preparatorio deberán confirmar su asistencia al curso y a la prueba del 12 al 20 de diciembre de 2018, ambos incluidos.

La no confirmación de la asistencia se entenderá como renuncia a la realización del curso preparatorio y a la prueba, y en consecuencia, la persona será excluida.

Si después de haber confirmado no se puede asistir, se deberá RENUNCIAR expresamente en la página web donde se ha hecho la confirmación, puesto que según el punto 4 del artículo 17 de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación (DOCV 6893 de 31.10.2012) la baja no justificada en alguna actividad se podrá penalizar con la no-admisión en posteriores acciones formativas durante los 12 meses siguientes a la efectividad de la baja.

4. Estructura y contenidos de los cursos preparatorios Teléfono de Información 012

Los cursos preparatorios de las pruebas para la obtención de los Certificados de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano o en Lengua Extranjera y del Diploma de Maestro de Valenciano, tendrán una duración de 40 horas y se organizarán en la modalidad semipresencial:

- 30 horas presenciales

- 10 horas en línea

Las sesiones de carácter presencial tendrán la siguiente carga horaria:

Sesión 1: 14 de enero de 2019

Sesión 2: 16 de enero de 2019

Sesión 3: 21 de enero de 2019

Sesión 4: 23 de enero de 2019

Sesión 5: 28 de enero de 2019

Sesión 6: 30 de enero de 2019

Sesión 7: 4 de febrero de 2019

Sesión 8: 6 de febrero de 2019

Sesión 9: 11 de febrero de 2019

Sesión 10: 13 de febrero de 2019

Sesión 11: 18 de febrero de 2019

Sesión 12: 20 de febrero de 2019

En todas las sesiones presenciales el horario será:

- Turno de mañana: de 10:00 a 12:30 horas

- Turno de tarde: de 17:30 a 20:00 horas

Los cursos se realizarán mediante la plataforma Moodle del Servicio de Planificación y Gestión de la Formación Permanente del Profesorado (http://cefire.edu.gva.es/). Para conocer el funcionamiento de la plataforma se podrá acceder al curso de autoformación de usuarios Moodle: http://cefire.edu.gva.es/course/view.php?id=13966.

Los contenidos y la estructura de los cursos preparatorios deberán ajustarse a lo que establecen los anexos II y IV de la Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunidad Valenciana.

Para las titulaciones de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano y en Lengua Extranjera, los cursos serán impartidos en las lenguas objeto de capacitación. Para la titulación de Diploma de Maestro de Valenciano, los cursos serán impartidos en valenciano.

Para la evaluación de este curso se seguirá lo que establece el artículo 18 de la Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, que ordena el modelo de formación permanente del profesorado y el diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas.

5. Asistencia, entrega de tareas y evaluación del curso Para la superación de los cursos de formación se deberá asistir de manera obligatoria a la primera sesión presencial.

De acuerdo con aquello que prevé el punto 3 del artículo 17 de la Orden 65/2013, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Ocupación, caso de no justificar la ausencia con anterioridad, se procederá a dar de baja la participación. Asimismo, para la superación del curso para esta formación, se deberá asistir de manera obligatoria al

85% del total de las sesiones presenciales para obtener la calificación de apto.

Para esta formación, es obligatoria la realización y la superación de todas las actividades planteadas en la formación en línea y su entrega dentro del calendario fijado en la plataforma de formación. Corresponderá al tutor la evaluación final del módulo.

Los resultados de la evaluación de los cursos preparatorios no tienen ningún efecto sobre las pruebas para la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera y del Diploma de Maestro de Valenciano. La superación de los cursos no comporta la superación de las pruebas ni exime de la realización de estas. Asimismo, las personas que renuncien a los cursos y las persones asistentes que no uperen esta formación preparatoria, podrán presentarse igualmente a las pruebas, siempre que confirmen la asistencia.

6. Tratamiento de la información

Los datos personales que figuran en el formulario podrán ser incluidas en un fichero para el tratamiento por la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, en el uso de las funciones propias que tiene atribuidas en el ámbito de sus competencias, y el personal participante se podrá dirigir a cualquier órgano suyo para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, según dispone la ley orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter personal (BOE 298, de 14 de diciembre de 1999).

Enlaces

 

Acceso a la convocatoria, instrucciones y solicitud telemática

http://www.ceice.gva.es/es/web/formacion-profesorado/pruebas/cursos-ccdm

Fuentes jurídicas y/o documentales

Normativa

- Orden 17/2013, de 15 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las titulaciones administrativas que facultan para la enseñanza en valenciano, del valenciano, y en lenguas extranjeras en las enseñanzas no universitarias en la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7006, de 18/04/13).

- Convocatoria de 18 de octubre de 2018, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se convocan cursos preparatorios y pruebas dirigidas a la obtención de las titulaciones administrativas de Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lenguas Extranjeras y del Diploma de Maestro de Valenciano. (Publicada en la Web del Servei de Formació del Professorat el 18.10.2018)

Lista de normativa

Ver Convocatoria de 18 de octubre de 2018

http://www.ceice.gva.es/documents/162880217/166879173/cas_convocatoria+CCDM+2019.pdf/edfd5880-02d2-4007-b117-f857cb53ed28

 

Fuente: gva.es

 
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  Lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas y lunes, martes y jueves de 16:00 a 19:00 horas

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