Becas de Formación Arqueología

Bases para la convocatoria de dos becas de formación 2014. Becas de Arqueología

PRIMERA.- Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto el otorgamiento de dos becas de formación en arqueología, destinadas a Licenciados en Historia con orientación en dicha área, a desarrollar en Vilamuseu, (Sección municipal de Arqueología, Etnografía y Museos de Villajoyosa).

SEGUNDA.- Carácter.

El otorgamiento y disfrute de estas becas, dado el carácter formativo y de especialización, no supondrá relación jurídico-laboral o funcionarialalguna entre el beneficiario y el Ayuntamiento. El disfrute de esta beca es incompatible con la percepción de cualquier otra ayuda o retribución.

TERCERA.- Duración.

La duración de las becas será de nueve meses a partir del inicio de la actividad, una vez finalizado el procedimiento de selección.

CUARTA.- Dotación económica.

Las becas tendrá una dotación de 14.400 € (7.200€ cada una), a razón de ochocientos euros (800€) por mes, que se abonarán al beneficiario por meses vencidos.

QUINTA.- Requisitos de los aspirantes.

1.- Para acceder a las becas el aspirante habrá de estar en posesión del correspondiente título de Licenciado en Historia con orientación en Arqueología. Los aspirantes deberán haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título con posterioridad al 1 de enero de2011 y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.- Estar en situación legal de desempleo.

3.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública.

4.- Acreditar que se dispone de un seguro de accidentes o el compromiso por escrito de concertarlo para el caso de resultar beneficiario.

5.- No haber disfrutado con anterioridad de la misma beca que se solicita, concedida por el Ayuntamiento de Villajoyosa.

SEXTA.- Documentación.

Las solicitudes, que se cursarán en el modelo que se adjunta como anexo I, deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1. Expediente académico

2. Currículo personal.

3. Fotocopia DNI.

4. Fotocopia del Título de Licenciado quese exige en la base Primera.

5. Fotocopia de todos los documentos acreditativos de los méritos alegados.

6. Declaración jurada del solicitante de cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases.

7. Acreditación de que se dispone de un seguro de accidentes o el compromiso de concertarlo para el caso de resultar beneficiario.

Toda la documentación presentada habrá de ser original o copia cotejada. La documentación que no cumpla éstos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante. Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se concederá un plazo de subsanación de documentación de 10 días hábiles a partir de la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento y su página web. Finalizado dicho plazo, los interesados que no hayan presentado documentación justificativa que posibilite su inclusión en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos.

SEPTIMA.- Fecha y lugar de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la C/ Mayor 14 de Villajoyosa o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

OCTAVA.- Comisión Calificadora.

La comisión calificadora estará compuesta por los siguientes miembros: el Concejal de Patrimonio Histórico, un técnico de Personal y el Jefe o un arqueólogo de la Sección Municipal de Arqueología, Etnografía y Museos. Actuará como secretario el de la corporación o funcionario en quien éste delegue.

La Comisión Calificadora elaborará la propuesta de concesión dentro del plazo más breve posible, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, en laque propondrá a la persona que, en base a los méritos presentados, haya alcanzado mayor puntuación, así como los suplentes que crean oportunos por orden de puntuación obtenida. El Concejal de Patrimonio Histórico elaborará propuesta de resolución al Sr. Alcalde, que resolverá la concesión dela beca, publicándose en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web.

NOVENA.- Valoración de méritos.

La valoración de los méritos de los solicitantes se realizará de acuerdo con las siguientes puntuaciones:

a) Expediente académico personal de la Licenciatura: de 0 a 4 puntos.

b) Otros estudios y cursos especializados de Arqueología: de 0 a 2 puntos según el detalle siguiente: de 201horas en adelante: 2 puntos; de 101 a 200 horas:1 punto; de 51 a 100 horas: 0,50 puntos; de 26 a 50 horas: 0,25 puntos; de 10 a 25 horas: 0,1 punto.

c) Otros meritos alegados en relación con lamateria de Arqueología: de 0 a 2 puntos.

d) Conocimientos de valenciano, de acuerdo con el detalle siguiente: Grau superior: 1 punto; Grau mitjà: 0,75 puntos; Grau elemental: 0,50 puntos; Grau oral: 0,25 puntos.

En el supuesto de que el beneficiario renunciase a la beca, ésta se otorgará a la persona siguiente en orden de puntuación.

DÉCIMA.- Funciones y obligaciones del becario.

El becario realizará las funciones que, relacionadas con su especialidad, les encomiende el Jefe de la Sección Municipal de Arqueología, Etnografíay Museos, y tendrán que ver con aspectos relacionados con el trabajo de campo y laboratorio de las excavaciones quese estén desarrollando en esta sección.

Velará por la confidencialidad de los documentos e informaciones a que tengan acceso en el desarrollo de sus tareas. La ausencia injustificada, la falta de interés y elbajo rendimiento en el desarrollo de las tareas que se le encomienden, y en general el incumplimiento de sus obligaciones como becario puede constituir, previa tramitación del expediente que corresponda, causa de pérdida de tal condición, y conllevará la privación de la beca por el tiempo que quedare pendiente, sin perjuicio de las responsabilidades que resultaren exigibles.

UNDÉCIMA.- Tutor.

El tutor designado para el seguimiento de las funciones realizadas por el becario será el Jefe de la Sección Municipal de Arqueología, Etnografía y Museos, quien podrá delegarlo en un arqueólogo municipal del Museo. Se encargará de fijar el horario de asistencia y de orientar, asesorar y dirigir al becario.

Instancia

 
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Horario y ubicación


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  965227677 - Fax. 965227677

  Lunes a viernes de 9:30 a 15:00 horas y lunes, martes y jueves de 16:00 a 19:00 horas

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