proyecto Portfolio Europeo de las Lenguas

Los centros de Educación Secundaria, Formación de Personas Adultas y Escuelas Oficiales de Idiomas que quieran aplicar el e-PEL(+14) a partir del curso 2012-2013 y cumplan las condiciones de participación establecidas en el apartado "Información Complementaria".

Solicitud de participación en la aplicación del proyecto Portfolio Europeo de las Lenguas: e-PEL (+14). Curso 2012-2013.

 Objeto del trámite

Utilizar la aplicación didáctica, Portfolio Europeo de las Lenguas, como documento personal para registrar, archivar las producciones lingüísticas, autoevaluar habilidades lingüísticas, anotar avances en el aprendizaje de lenguas y reflexionar sobre las experiencias personales de contacto con otras lenguas y culturas.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Los centros de Educación Secundaria, Formación de Personas Adultas y Escuelas Oficiales de Idiomas que quieran aplicar el e-PEL(+14) a partir del curso 2012-2013 y cumplan las condiciones de participación establecidas en el apartado "Información Complementaria".

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Los centros docentes pueden presentar la solicitud hasta el 17 de junio de 2012.

  • ¿Dónde dirigirse?

    - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

    - Y, preferentemente, en:

    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO
    AVDA. CAMPANAR, 32
    46015 Valencia
    Tel: 961970062

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Impreso de solicitud normalizado

    - Acta de la sesión del Consejo Escolar donde se aprueba la solicitud de la aplicación del Portfolio Europeo de las Lenguas, e-PEL(+14) .

    - Acta del acuerdo del Claustro, para aplicar el Portfolio Europeo de las Lenguas, e-PEL(+14).

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA APLICACIÓN DEL PROYECTO PORTFOLIO EUROPEO DE LAS LENGUAS: e-PEL (+14) CURSO 2012-2013

    ACTA DEL CONSEJO ESCOLAR

    ACTA DEL CLAUSTRO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    La Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, examinará toda la documentación presentada y, finalmente, autorizará mediante una Resolución del director general de Ordenación y Centros Docentes a los centros que cumplan los requisitos para aplicar el e-PEL(+14).

  • ¿Qué recursos proceden contra la resolución?

    Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).

  • Información complementaria

    * DESCRIPCIÓN Y OBJETIVOS DEL PORTFOLIO EUROPEO DE LAS LENGUAS
    1. El Portfolio Europeo de las Lenguas (PEL) es un documento personal, basado en el MCER y promovido por el Consejo de Europa, en el que las personas que aprenden o han aprendido una lengua pueden registrar sus experiencias de aprendizaje de lenguas y culturas y reflexionar.
    2. Este documento sirve al estudiante para anotar sus avances, marcarse nuevas metas, reconocer cómo y cuándo aprende dentro y fuera del centro escolar, a partir de la reflexión sobre sus experiencias personales y la valoración de sus progresos. Además, sirve para favorecer su autonomía, mejorar su autoestima y potenciar el desarrollo de estrategias de aprendizaje. Por otro lado, el PEL es también una herramienta para el profesorado ya que favorece su actualización metodológica en la enseñanza de las lenguas y facilita la coordinación y el intercambio de experiencias con otros docentes del mismo centro y otros centros educativos que lo aplican.
    3. La aplicación en el aula del PEL tiene como finalidad:
    a) Promover el aprendizaje de idiomas y el respeto a la diversidad lingüística para conseguir que los ciudadanos de la Comunitat Valenciana puedan comunicarse por lo menos en dos idiomas europeos además de las dos lenguas oficiales.
    b) Favorecer prácticas metodológicas que contribuyan a la mejora de la competencia lingüística en las diversas lenguas que utiliza el alumnado de los centros que se acogen a esta resolución para:
    - Mejorar la enseñanza y aprendizaje de las lenguas con el uso del PEL como una herramienta metodológica para el profesorado de lenguas que permita aumentar la motivación de los estudiantes para aprender de otros y mejorar su capacidad de comunicación.
    - Utilizar el PEL como instrumento de autoevaluación que motive a los estudiantes a reflexionar sobre cuáles son sus objetivos de aprendizaje lingüístico. A partir de estos objetivos, el alumnado podrá planificar la actividad discente e iniciarse en un proceso de aprendizaje autónomo.
    - Contribuir al desarrollo de las competencias básicas establecidas en los currículos de las etapas educativas declaradas obligatorias.
    - Favorecer el conocimiento y el aumento de experiencias plurilingües e interculturales de los aprendices.
    4. La validación de la versión española de el e-PEL(+14) permite generalizar el uso de este documento a partir de la Educación Secundaria Obligatoria.

    * APLICACIÓN DEL e-PEL(+14)
    1. La aplicación del e-PEL(+14) se plantea como un proyecto de centro que implica al equipo directivo, al profesorado, al alumnado y a las familias.
    2. La presentación del e-PEL(+14) en una plataforma informática dependiendo de la administración educativa favorecerá su disponibilidad a lo largo de toda la escolarización del alumnado participante en el proyecto.
    3. Los centros que inicien la aplicación del e-PEL(+14) en el marco de esta convocatoria podrán disponer, si lo consideran necesario, de unas sesiones de formación inicial para conocer el funcionamiento del e-PEL(+14) así como sus implicaciones metodológicas para el aprendizaje y la enseñanza de las lenguas.
    4. Conviene que la aplicación empiece desde los niveles iniciales de cada etapa y que se extienda al resto de manera progresiva.
    5. La Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, podrá poner a disposición de los centros docentes que apliquen el e-PEL(+14) un espacio informático virtual que sirva y que facilite el intercambio de actividades y buenas prácticas entre los centros. Además, en la medida de sus posibilidades facilitará el contacto entre los centros.
    6. La autorización para la aplicación del e-PEL(+14) es indefinida mientras el centro cumpla las condiciones indicadas en el apartado cinco de esta resolución.
    7. Los centros que se acojan a esta normativa podrán recibir un lote de material de apoyo para la aplicación del proyecto.

    * CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
    1. Para la participación del centro en el proyecto se debe contar con el acuerdo del claustro y la aprobación del Consejo Escolar del centro.
    2. Un profesor o una profesora del centro, preferiblemente con destino definitivo, debe actuar como coordinador/a y dinamizador/a de la aplicación.
    3. Hay que recopilar en soporte electrónico todas las actividades y buenas prácticas que se elaboren en cada centro para integrarlas en el espacio para el intercambio que la Conselleria de Educación, Formación y Ocupación, podrá poner a disposición de los centros que apliquen el e-PEL(+14) y para la difusión en jornadas de intercambio de experiencias que se convoquen desde la administración educativa.

    * REVOCACIÓN
    La Dirección General de Ordenación y Centros Docentes podrá revocar la autorización concedida en los centros que no apliquen el PEL en las condiciones que se establecen en la Resolución de 3 de febrero de 2012.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Resolución de 3 de febrero de 2012, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se regula la aplicación del Portfolio Europeo de las Lenguas electrónico, e-PEL(+14), en los centros de Educación Secundaria, de Formación de Personas Adultas y en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana y se establecen los requisitos para su aplicación (DOCV nº 6719, de 22/02/12).

    Lista de normativa

    Ver Resolución de 3 de febrero de 2012

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