PLAN PARA LA CAPACITACIÓN EN VALENCIANO. VERANO 2017
La Resolución de 5 de junio de 2017, de la Dirección general de Centros y Personal Docente de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se convoca el procedimiento de adjudicación de destinos con carácter provisional, en prácticas e interino, para el curso 2017/2018, regula que este profesorado interino que no acredite estar en posesión del Certificado de Capacitación de Valenciano se tendrá que desactivar hasta que obtenga esta acreditación, momento en que se podrá activar de nuevo en el mismo lugar que ocupaba en la bolsa de trabajo y podrá participar en los procedimientos que se convoquen.
Así mismo, habiendo finalizado el periodo transitorio para el profesorado de religión con destino en los centros públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria dependientes de la Generalitat Valenciana según la disposición transitoria única de la Orden 90/2013 de 6 de noviembre de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, dicho profesorado deberá contar también con el requisito lingüístico de valenciano a partir del 1 de septiembre de 2017.
Con toda esta regulación, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha determinado un plan para obtener el correspondiente Certificado de Capacitación de Valenciano lo antes posible, al profesorado interino inscrito a las bolsas correspondientes de los cuerpos de maestros, de profesores de Educación Secundaria y de profesores Técnicos de Formación Profesional, que haya trabajado durante el curso 2016-2017, así como al profesorado de religión de los centros públicos dependientes de la Generalitat Valenciana.
La listas de profesorado interino y profesorado de religión descrito anteriormente aparecen en los siguientes anexos:
- GRUPO A: Docentes interinos con C1, sin capacitación ni habilitación.
- GRUPO B: Docentes interinos sin C1 ni capacitación ni habilitación.
- GRUPO A: Docentes de Religión sin Capacitación con C1.
- GRUPO B: Docentes de Religión sin Capacitación y sin C1.
El plan descrito anteriormente consiste en:
A. OBTENCIÓN DEL NIVEL C1 DE VALENCIANO
1. PRUEBA
Una prueba de nivel de valenciano C1 que se realizará el día 9 de septiembre a las 9 horas de la mañana en la Universidad Politécnica de València. Se consideran inscritos en esta prueba todos los funcionarios interinos y de Religión de los listados que aparecen en los anexos.
2. CURSO
Para la realización de esta prueba el profesorado indicado anteriormente podrá realizar un curso de nivel de conocimiento de C1 de valencia, los meses de julio y agosto en la modalidad en línea. La inscripción a este curso se debe realizar en el siguiente enlace hasta el día 25 de junio.
B. OBTENCIÓN DE LA CAPACITACIÓN DE VALENCIANO
1. PRUEBA
Una prueba para la obtención del certificado de capacitación que se realizará el día 30 de septiembre de 2017. Se consideran inscritos en esta prueba todo el profesorado indicado anteriormente que aparecen en los anexos. Aunque para realizar dicha prueba deberán acreditar esta en posesión del certificado de valenciano del C1 antes del 30 de septiembre de 2017.
2. CURSO
- Para la realización de esta prueba el profesorado indicado anteriormente podrán realizar un curso de capacitación de valenciano durante el mes de julio en la modalidad en línea.
- La inscripción a este curso de capacitación se realizará entrando en los enlaces de las sedes siguientes: València, Alacant, Castelló, Elda, Oriola, Torrent, Vinaròs i Xàtiva.
- Las solicitudes se realizarán en una única sede.
Para obtener el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano, el Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera y el Diploma de Maestro de Valenciano, el profesorado deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Tener una competencia lingüística mínima en la lengua correspondiente.
- Demostrar su competencia profesional para el enseñanza en valenciano o en lengua extranjera, respectivamente.
Titulación administrativa | Formación lingüística previa | Faculta para... |
---|---|---|
Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Valenciano
|
|
Es requisito mínimo para la enseñanza en valenciano como lengua vehicular |
Diploma de Maestro de Valenciano
|
|
|
Certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera
|
|
Será requisito mínimo a partir del curso 2018-2019 |
* En Educación Infantil y Primaria regulado por las disposiciones adicionales segunda y tercera del Real Decreto 1594/2011, de 4 de noviembre, por el que se establecen las especialidades docentes del cuerpo de Maestros que desempeñen sus funciones en las etapas de Educación Infantil y de Educación Primaria reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
* En Enseñanza Secundaria y de Régimen especial regulado por la disposición adicional quinta del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.