Los docentes de Secundaria podrán impartir por primera vez materias afines a su especialidad

La conselleria de Educación ha publicado esta mañana en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) la orden que regula y crea los puestos de trabajo de ámbito para su provisión por funcionarios docentes en centros públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria.

El documento establece como puesto de trabajo de ámbito aquel que pueda ser provisto indistintamente por personal de varias especialidades y regula su catalogación y habilitación.

En este sentido, los puestos de trabajo de ámbito quedan definidos en ámbito sociolingüísitico y ámbito científicotécnico. Esto supone que el próximo curso los docentes de Secundaria podrán podrán impartir por primera vez, además de las materias de su especialidad, un conjunto de asignaturas adicionales afines.

La orden también determina los requisitos que deberá cumplir el personal docente para optar a ocupar dichas plazas en los procedimientos de provisión que se convoquen y establece la atribución docente de los ocupantes de los puestos de trabajo.

Así mismo, podrán ser habilitados temporalmente o catalogados para su provisión definitiva cuando se produzca su consolidación en un centro docente. Además, Educación podrá habilitar o catalogar determinados puestos de trabajo de los centros como puestos correspondientes a un determinado ámbito.

Hasta el momento, lo habitual era que los docentes de primer y segundo curso de ESO solo impartiesen una asignatura, la que correspondía a su especialidad.

Esto suponía que la transición del alumnado entre sexto de primaria y primero y segundo de Secundaria fuera demasiado acusada, al duplicarse prácticamente el número de docentes que durante la semana imparten clase al mismo grupo de alumnos.

Para facilitar a los estudiantes el cambio de etapa y luchar contra el fracaso escolar, Educación habilitará a los profesores para impartir bloques de asignaturas integrados en ámbitos competenciales.

Ámbito sociolingüístico

Podrá ocupar un puesto de trabajo de ámbito socio-lingüístico el personal del cuerpo de profesores que sea titular de la especialidad de Filosofía, Geografía e Historia, Griego, Latín, Lengua Castellana y Literatura, Lengua y Literatura Valencianas, Francés, Inglés, Alemán e Italiano.

En este sentido, podrán impartir, en los dos primeros cursos de Secundaria, las materias de Ciencias Sociales: Geografía e Historia, Castellano: Lengua y Literatura, Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos, y la materia optativa instrumental Taller de Lengua: Castellano.

En los programas de diversificación curricular, dispondrá de atribución docente en el ámbito lingüístico y social. En los programas de Cualificación Profesional Inicial y en la educación de personas adultas dispondrá de atribución docente para impartir el ámbito de comunicación y el ámbito social.




Ámbito científico

Así mismo, podrán ocupar un puesto de trabajo de ámbito científico los profesores titulares de la especialidad de Biología y Geología, Física y Química, Informática, Matemáticas y Tecnología.

Podrán impartir en los dos primeros cursos de Educación Secundaria, Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza y Taller de Matemáticas.

En los programas de diversificación curricular, dispondrá de atribución docente en el ámbito científico y en los PCPI y en la educación de personas adultas dispondrá de atribución docente en el ámbito científico-tecnológico.

Creación de puestos de ámbito

La creación de puestos de trabajo de ámbito se realizará cuando exista un número determinado de horas lectivas de diferentes materias que impida la creación de un puesto completo de la especialidad correspondiente.

Sin embargo, no se realizará detrayendo horas de otros puestos de trabajo de especialidad, sino que se crearán puestos de ámbito únicamente cuando no exista horario suficiente para mantener puestos de especialidad a jornada completa.


De esta forma, además de la ventaja que comportará para el alumnado para su mejor transición a otra etapa educativa, se conseguirá mayor estabilidad del profesorado mediante la existencia de puestos a jornada completa en lugar de puestos de diferentes especialidades a tiempo parcial, aumentando así la posibilidad de obtención de destino definitivo del profesorado en los centros
 
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